jueves, 2 de julio de 2009

CENSURA A SIMON Y CABANILLAS


Realmente como ya se especulaba con antelación la mano negra del Apra prevaleció e incidió lamentablemente en la votación respectiva para censurar a estos dos ministros que ya de por sí fueron censurados por la amplia mayoría de ciudadanos peruanos , y a pesar de alcanzar la mayoría de votos a favor de la censura, exactamente 55 votos , de acuerdo a los congresistas asistentes, que solo fueron en número de 99, no se logró reunir los 61 votos necesarios para cumplir con la aplicación de la censura, es decir la mitad mas uno del total legal de congresistas, es decir 120.
Fue notoria la ausencia de los 7 congresistas suspendidos, que de haber estado presentes hubiera sido factible la censura, además de cerca de 13 o 14 congresistas que se “enfermaron”, “indispusieron” o por razones de índoles mayor brillaron por su ausencia, o vaya a saber uno con qué clase de pretextos o excusas por demás consentidoras y apañaladoras del gobierno de turno.
Se demostró lamentablemente que este Congreso hace cultura a la impunidad, con reverendas excepciones de ciertos congresistas que desde un inicio alzaron su voz de protesta en referencia al respeto irrestricto de los derechos de las comunidades campesinas, nativas y amazónicas, traducidos en la dación de estos decretos legislativos que después de los luctuosos sucesos ocurridos en Bagua, fueron derogados con el compromiso de analizar y modificar o derogar algunos de los otros decretos legislativos , considerados en el bloque presentado por los representantes de la AIDISEP, a nombre de los pueblos amazónicos. Y en este punto es pertinente acotar que también en el bloque presentado primigeniamente por los representantes de los pueblos nativos estaba contemplada también la derogación de la nueva Ley de Recursos Hídricos y se mantiene hasta la actualidad. Ley cuya derogación es pedida también por el Comité de Lucha de la Cuenca del Río Ramis, Federación de Campesinos de Puno, Frente de Organizaciones Populares de Puno, Ilave, Comité de Lucha de la provincia en Melgar , todo esto en Puno, y del misma manera la Federación Agraria Revolucionaria Túpac Amaru de Cusco (FARTAC), sumándose a las medidas de fuerza las provincias de Anta, Urubamba, Canchis, Canas,Chumbivilcas, Paruro y la Convención en Cusco, como también la Sociedad Agrícola de Arequipa (SADA) en Arequipa, los cuales están en pie de lucha en defensa y reivindicación de sus legítimos derechos.
Del mismo modo es menester hacer mención que estos congresistas “censuradores” que fungen de fiscales y ácidos críticos de la política llevada a cabo por estos ministros interpelados, al parecer sufren de amnesia o soslayan deliberadamente la responsabilidad ineludible que también tienen respecto a estos decretos legislativos emitidos por el Ejecutivo por la facultad otorgada por ellos. Responsabilidad compartida toda vez que debieron de ejercer el control parlamentario a estos decretos legislativos. Pues si bien es cierto la ley permite que el Congreso de la República otorgue facultades al Ejecutivo para la dación de Decretos Legislativos amparado en el artículo 104 de nuestra Carta Magna, pero ello no garantiza que el Ejecutivo no se exceda en sus atribuciones o límites, respecto a los parámetros legales en los cuales debe de encuadrarse, y como en este caso hubo excesos y omisiones evidentes, y por lo cual se tuvieron que derogar posteriormente. Situación que no hubiese sucedido si el Congreso hubiese ejercido su respectivo Control Parlamentario. Ya que posteriormente se vio en la Comisión Permanente del Congreso que la legislación sobre temas de Recursos Naturales y Sostenimiento Ambiental deberían de darse mediante Leyes Orgánicas , haciendo alusión al artículo 66 de nuestra Constitución Política, donde a su letra manifiesta que por Ley Orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares, haciendo específica referencia a los Recursos Naturales Renovables , no Renovables y Medio Ambiente, lo que no se contempló y que por lo mismo esta Comisión por mayoría de votos de sus miembros declaró la Inconstitucionalidad de los Decretos Legislativos 1090 y 994, respectivamente.
Entonces si bien es cierto los ministros interpelados tuvieron una responsabilidad directa en los sucesos luctuosos de Bagua, pues pese a transcurrir 56 días no se llegó a ninguna conciliación ni solución consensuada y armónica con los pueblos amazónicos. También la mayoría de congresistas tienen que asumir su responsabilidad por haber permanecido expectantes, impávidos, absortos, pusilánimes y ladinos, frente a esta problemática de coyuntura social, política y económica que sucedía con nuestros hermanos de las comunidades amazónicas. Con las honrosas excepciones del caso, que lamentablemente fueron minoría.
De la misma manera también son responsables directos en la elaboración de la Nueva Ley de Recursos Hídricos, toda vez que el Congreso aprobó esta Ley por mayoría. Cambiando, modificando y extirpando puntos fundamentales del texto original aprobado por ellos mismos anteriormente, y que obviamente por la presión de las transnacionales se vieron en la imperiosa necesidad de cambiar su contenido, aun contraviniendo lo preconizado en el Convenio 169 firmado y ratificado por el Estado Peruano , y por lo tanto con carácter vinculante.
Y en este punto es necesario, ineludible e indispensable hacer mención a la ministra de Industria y Turismo, Mercedes Araoz, de quien aluden que fue la encargada de elaborar estos decretos legislativos que trajeron a colación todas estas manifestaciones y conflictos sociales en la amazonia peruana, que de ninguna manera debieron de suceder. ¿Quién interpela y censura a Mercedes Araoz?, es la interrogante que nos planteamos desde esta tribuna libre, transparente e independiente.

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